Autorización de funcionamiento a OLPESA durante el Estado de Emergencia Nacional

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23 March 0   1

El Ministerio de la Producción con el fin de asegurar el abastecimiento de bienes y servicios esenciales, servicios complementarios y conexos a la población, autoriza a operar a la empresa OLEAGINOSAS DEL PERÚ S.A., con RUC 20450219801, vinculada a la cadena productiva de alimentos al estar dentro de las actividades industriales que no pueden paralizarse ya que son necesarias para la provisión de los bienes y servicios considerados “esenciales” de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo No 044-2020-PCM el cual establece que, durante el Estado de Emergencia Nacional, se garantiza el abastecimiento de alimentos, medicinas, así como la continuidad de los servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustible, telecomunicaciones, limpieza y recojo de residuos sólidos, servicios funerarios y otros establecidos mediante el presente Decreto Supremo. La presente autorización faculta el desplazamiento de los trabajadores de la empresa, así como el transporte de los insumos y/o productos ligados a su producción.

Decreto Supremo N° 044-2020-PCM